Los legisladores de la Cámara de Senadores aprobaron la prohibición constitucional del matrimonio infantil en zonas, comunidades y pueblos indígenas; ya no será posible justificar el acto bajo el concepto de “usos y costumbres”.
Con votación unánime de 75 a favor, la Cámara alta aceptó reformar el artículo 2 de la Constitución Mexicana que pone los derechos y libertades de infantes por encima de cualquier tipo de autodeterminación; la modificación se enfoca en proteger a niñas y mujeres indígenas que por costumbre son obligadas a contraer matrimonio.